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19 May 2020
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General

Se inicia el periodo para solicitar las ayudas económicas en el alquiler de la vivienda habitual

La Agencia de Vivienda de Catalunya ha abierto la convocatoria para la concesión de las ayudas con la finalidad de resolver los problemas transitorios de pago parcial o total del alquiler a causa del impacto económico y social del COVID-19.

Termino de presentación

El termino de presentación de solicitudes es del 19 de mayo hasta el 30 de septiembre de 2020.

Finalidad de la ayuda

Ayudas al pago total o parcial de la renta del alquiler.

Ayudas en la cancelación total o parcial de microcréditos.

Quien la puede pedir

Se podrán acoger personas con residencia legal en Catalunya que sean titulares de un contracto de alquiler del domicilio en el cual residan habitualmente y que la persona titular del contrato o cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia se hayan visto afectadas por una situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID19.

Requisitos

  • Tener residencia legal en Catalunya.
  • Haber pasado o estar en situación de parado.
  • Estar en un expediente de Regulación de Ocupación (ERTO)
  • Haya visto reducida la jornada laboral por motivos de curas, en caso de ser empresario.
  • Otras circunstancias similares que supongan una perdida de ingresos.
  • Los ingresos de los miembros de la unidad familiar, en el mes anterior a la solicitud de la ayuda, no pueden ser superiores a 1.613,52€ (los máximos se amplían si hay un miembro con alguna discapacidad.
  • La rente de alquiler, más los gastos y suministros básicos de la vivienda (luz, gasto, gasoil para la calefacción, agua, telefonía y cuota de la comunidad) han de ser superiores o igual al 35% de los ingresos metros de la unidad familiar.
  • Acreditar el pago de la renta del alquiler de los meses de enero, febrero y marzo de 2020.
  • Todos los miembros de la unidad familiar han de cumplir con las obligaciones tributarias con el Estado, la Seguridad Social y la Generalitat de Catalunya.
  • El importe de la renta de alquiler sea como máximo de 900€.

Documentación

Os podéis descargar la documentación en http://agenciahabitatge.gencat.cat

Importe de la ayuda

La ayuda se puede conceder por un importe máximo de 6 meses de la renta de alquiler, de los meses de abril a septiembre del año 2020.

Como se puede tramitar

Telemáticamente la web de la Generalitat de Catalunya

Para tramitar necesitáis tener una identificación electrónica (idCAT Móvil, idCAT Certificado, DNI electrónico) podéis consultar aquí como tramitar identificación idCAT móvil.

Para más Información llamad al teléfono del Consell Comarcal 973 650 187 y al correo electrónico irivas@pallarsjussa.cat