LAPOBLADESEGUR.CAT

ACTUALIDAD
25 May 2020
Categorías
General

¿Qué se puede hacer en la fase 2?

  • Grupos sociales: máximo 15 personas (hasta ahora 10).
  • Veladas: 25 personas al aire libre o 15 en espacios cerrados (hasta ahora 15 y 10).
  • Entierros y cremaciones: máximo 25 personas entre familiares y afines (hasta ahora 15)
  • Lugares de culto: aforo máximo 50% (hasta ahora 1/3).
  • Ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas: a cualquier instalación, aforo del 50% y hasta 100 personas al aire libre o 50 en espacio cerrado (hasta ahora no se podía)
  • Comercio general: sin límite de superficie (hasta ahora 400 m2), 40% aforo (hasta ahora 30%), si no se puede mantener 2 metros de distancia únicamente 1 cliente dentro del local (hasta ahora no lo decía específicamente)
  • Mercados no sedentarios: 1/3 paradas habituales (hasta ahora 25%)
  • Centros y parques comerciales: aforo máximo del 30% de sus zonas comunes y del 40% en cada uno de los establecimientos comerciales, no permanencia en zonas comunes excepto tránsito, cerradas las áreas recreativas como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso (hasta ahora no podían abrir).
  • Hostelería y restauración: consumo dentro del local, 40% del aforo, consumo en mesa y, preferentemente, mediante reserva previa, no autoservicio en barra; las comunidades autónomas pueden aumentar el aforo permitido en el interior de los locales hasta el 50%, con un mínimo del 30% (hasta ahora solamente podían abrir terrazas). Las terrazas quedan igual. No pueden abrir discotecas ni bares de ocio nocturno.
  • Hoteles y alojamientos turísticos: reapertura al publico de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turístico siempre que no se supere 1/3 del aforo (hasta ahora no se podían zonas comunes, excepto restauración y cafetería para los clientes) Actividades de animación o clases grupales máximo 20 personas, es necesario evitar el intercambio de objetos, se ha de hacer preferentemente al aire libre con distancia de 20 metros o mascarillas (hasta ahora no se podía).
  • Turismo activo y de naturaleza: grupos de hasta 20 personas (hasta ahora 10 personas).
  • Parques naturales: apertura con limitación del aforo al 20%.
  • Teleféricos: apertura con limitación del aforo al 50% por cada cabina, que habrá de ser desinfectada cada día, si las cabinas tienen asientos, se tendrá que dejar libre un asiento entre personas, excepto convivientes; si no hay asientos, se tendrá que poner vinilos en el suelo para marcar distancia de seguridad mínima; se tendrá que poner gel desinfectante en los accesos.
  • Educación: se permite flexibilizar medidas y la reapertura de centros y actividades presenciales en el ámbito no universitario; siempre que sea posible se mantendrá formación a distancia.
  • Formación: pueden reabrir autoescuelas, academias y otros similares, con limitación a 1/3 del aforo y mantenimiento de las mismas medidas de seguridad que para el comercio minorista; para las practicas de conducción, es necesario mascarilla y desinfección entre cada alumno.

Actividad física no profesional: hasta los 70 años en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10.00 horas y las 12.00 horas y entre las 19.00 horas y las 20.00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años (hasta ahora limitación horaria).

Piscinas recreativas: cita previa, aforo máximo del 30% o inferior hasta permitir 2 metros de distancia de seguridad, horarios por turnos, no duchas ni vestuarios ni fuentes de agua, limpieza al menos tres veces al día (hasta ahora no se podía ir).

  • Visitas en residencias de personas mayores: las comunidades autónomas pueden permitir visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas grandes, fijando las condiciones de seguridad (hasta ahora estas visitas no se permitían).
  • Bibliotecas: préstamo y retorno con cita previa biblioteca@lapobladesegur.cat
  • Salas de exposiciones, monumentos y equipos culturales: 1/3 del aforo autorizado y medidas para el control de las aglomeraciones (hasta ahora cerrados los monumentos, únicamente abiertos museos).
  • Cinemas, teatros, auditorios y espacios similares: 1/3 del aforo autorizado si tienen butacas preasignadas, servicios complementarios, como ahora tienda, cafetería o similares, prohibición guarda-ropa y consigna (hasta ahora no se especificaba cine, teatro y auditorio, únicamente espectáculo cultural). Fuera de los anteriores, 1/3 del aforo autorizado y, en espacios cerrados, máximo 50 personas, o en espacios abiertos, máximo 400 personas, pero sentadas (hasta ahora 30 y 200 respectivamente).
  • Caza y pesca esportiva y recreativa: sin cambios relevantes.
  • Instalaciones deportivas: apertura de las cubiertas, con cita previa, turnos horarios, limite del 30% de aforo, se podrán utilizar los vestuarios. Los deportistas profesionales si que pueden hacer uso piscinas cubiertas o no cubiertas.
  • Museos: se permite a las comunidades autónomas ampliar el aforo hasta el 50% (el mínimo fijado es 30%)
  • Paseo de la población infantil (hasta los 13 años): no hay limitación a un adulto por cada grupo de paseo; se permiten grupos hasta a 10 personas no convivientes, y sin límite en los convivientes.
  • Paseo y deporte no profesional de población de más de 13 años: se permiten grupos de hasta 10 personas no convivientes y sin límite en los convivientes.
  • Obras en edificios y viviendas: se suprime la restricción vigente que no haya ocupantes, se permiten libremente siempre que se garantice 2 metros de distancia o mascarilla, no contacto físico y las demás medidas de seguridad generales.
  • Comercio: se permite la apertura de comercios de centros comerciales si tienen acceso independiente desde el exterior del centro comercial.