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10 Sep 2020
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La nueva ordenanza de circulación prevé multas de entre 80€ a 6.000€

La ordenanza de circulación, que se aprobó el pasado mes de mayo, tiene como objetivo garantizar la seguridad i el uso de la via pública i prevé multar las infracciones a partir del próximo 14 de setiembre.

La regulación de la circulación dentro de la Pobla de Segur era una asignatura pendiente que ha quedado resuelta con la aprobación de la ordenanza general de circulación, una normativa que da poderes a los vigilantes municipales para multar las infracciones dentro de la población. Ésta regulará la circulación de vehículos, peatones i otros medios de transporte por las vías urbanas, mediante infracciones leves, sancionadas con importes de hasta 100€; infracciones graves, con una multa de hasta 200€; i infracciones muy graves, con multa de hasta 500€. Además, la infracción de conducción de vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualquier otro mecanismo dirigido a interferir en el funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico se sancionará con una multa de 6.000 euros sin reducción. Las multas se podran pagar con una reducción del 50% si se pagan dentro del plazo de veinte días naturales.

Esta ordenanza será de aplicación a todas las vías públicas aptas para la circulación, a las vías que sin tenen está aptitud sean de uso común y también a las vías y terrenos privados que sean utilizados por un colectivo de personas. En estos espacios queda prohibido y será sancionado: entorpecer la marcha del resto de usuarios, no adecuar la conducción a las características de la vía, conducir sin las precauciones necesarias, de forma negligente o temeraria, no señalizar las maniobras o forzar velocidades bruscas, entre otras infracciones. Además, la máxima autoridad para regular la circulación seran los vigilantes municipales, cuyas indicaciones prevaldrán sobre las normas de circulación i cualquiera otra señalización fija, aunque sea contradictoria. El incumplimiento de las señales del agente encargados de la circulación tendrán el carácter de infracción grave.

La ordenanza también prevé que las personas que hayan sido denunciadas por infracción y no estén conformes con las denuncia puedan presentar alegaciones a la Diptuació de Lleida. La persona sancionada lo podrá hacer en un període de 20 días a partir de la fecha de notificación de la denuncia a través de un escrito de alegaciones en el que constaran, además de los datos de identificación de la persona y del domicilio para las notificaciones, el número de expediente o del boleto de denúncia, la fecha de la denúncia, la matrícula del vehículo denunciado y todo lo que crea conveniente para la defensa, así como la proposición de pruebas oportunas.

Algunas de las sanciones que se prevén tienen por objeto regular las infracciones de circulación más comunes a la Pobla. Aquí tenéis una muestra:

 

Sanciones leves, de 80€: Parar en doble fila, no estacionar el vehículo en fila, no respetar las líneas y marcas de estacionamiento, estacionar en un lugar señalizado como prohibido, estacionar en una parada de taxi, estacionar parcialmente en una acera, transitar por fuera de la calzada, estacionar en una zona con la línea amarilla o línea amarilla en zigzag, estacionar en las calles de doble sentido donde el ancho de la calzada sólo permite el paso de dos vehículos en paralelo. No cruzar por un paso de peatones, circular por la acera o por calles residenciales sobre un monopatín, patinete o aparato similar a una velocidad superior al paso de una persona. Utilizar aparatos de reproducción de sonido con un volumen elevado, estacionar al mismo sitio de la vía pública más de 15 días consecutivos o estacionar un vehículo a la vía pública en publicidad de venta del mismo.

Sanciones graves, de 200€: Estacionar en doble fila, encima de la acera creando peligro, en un paso de peatones o delante de un vado, estacionar el vehículo de manera que obstaculiza la circulación o impidiendo la visibilidad. Parar en un paso de peatones, parar en una acera creando peligro para los peatones, conducir sin el cinturón de seguridad, no respetar la señalización de una vía, circular con un vehículo sin moderar la velocidad, no respetar la prioridad del paso de peatones o recorrer marcha atrás una distancia superior a 15 metros. No ceder el paso en una intersección señalizada, que además de la multa de 200€ tiene una sanción de 4 puntos.

Sanciones muy graves, de 500€: Circular en sentido contrario, que además también tiene una sanción de 6 puntos.