Abierto el termino para solicitar ayudas para entidades para el año 2022
Este jueves se inicia el plazo para solicitar la ayuda a les asociaciones y entidades municipales para este año. Podéis consultar las bases y la convocatoria en este enlace. Los formularios normalizados y editables en línea se pueden descargar al pie de esta noticia.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Las entidades y asociaciones del municipio de La Pobla de Segur debidamente inscritos en el registro de entidades del municipio. Aquellas entidades que tengan firmado un convenio de colaboración con el Ayuntamiento no pueden optar a esta línea de ayuda.
¿Qué cantidad es la máxima de ayuda?
El importe de las subvenciones para cada entidad o asociación es de un máximo de 1500€.
¿Qué gastos son subvenciónales?
Tendrán la consideración de subvencionables los gastos corrientes relacionados con las actividades descritas en la memoria de actividades según el modelo normalizado del Anexo 1 y que correspondan a la anualidad del 2022.
¿Y si la entidad tiene gastos y facturas correspondientes a los años 2020 y 2021?
Como que en los años 2020 y 2021 no se sacó ninguna línea de ayuda para las entidades, este año y de manera excepcional, también se consideraran subvencionables los gastos correspondiendo a las anualidades 2020 y 2021. Ahora bien, será necesario que en la solicitud se haya especificado que actividades relacionadas con las despesas que se quieren imputar se realizaron.
¿Cómo se ha de presentar la solicitud?
La solicitud podrá ser presentada en el registro general del Ayuntamiento presencialmente o vía instancia genérica a través de la sede electrónica de acuerdo con el modelo normalizado, que encontrareis al pie de la noticia. El termino acaba el 22 de noviembre.
¿Cómo se ha de hacer la justificación de los gastos?
Las entidades y asociaciones habrán de justificar, antes del último día del primer trimestre del 2023, la subvención mediando la presentación de un documento electrónico de la cuenta justificativa según el modelo normalizado (disponible también al pie de la noticia).
¿Cuáles son los criterios para el otorgamiento?
Para la valoración de las solicitudes se tendrá en cuenta el procedimiento establecido en la ordenanza de ayudas y subvenciones:
CRITERIO DE VALORACIÓN | PUNTUACIÓN MAXIMA |
Fomento de la participación ciudadana y el asociacionismo, de la calidad de vida i bienestar social, de la promoción económica y turística del municipio, de la cultura y el deporte. | 10 puntos |
Interés general de la actividad y su proyección en la población | 10 puntos |
Numero de personas beneficiarias de la actividad objecto de la subvención | 5 puntos |
Financiación diversidad y viabilidad del proyecto (otras subvenciones, cobro de entradas, cuotas de los/las asociados/as…) | 5 puntos |
La creación de nuevas entidades | 5 puntos |
La trayectoria de la entidad y su capacidad de innovación | 5 puntos |
Las actividades de manera abierta, popular, participativa | 5 puntos |
Proyectos que favorecen la solidaridad, la atención a la diversidad, las relaciones intergeneracionales, la sostenibilidad y el medio ambiente | 5 puntos |
Nombre de actividades llevadas a cabo durante el 2020 y 2021 | 10 puntos |